El Gobierno ha aprobado un decreto ley en el que se detallan las medidas tomadas por el estado de alarma. Ante las restricciones impuestas a la ciudadanía, pueden surgir dudas sobre qué se puede hacer y qué no. Aclaramos todas esas preguntas.
¿Puedo salir a la calle?
La recomendación general es quedarse en casa. Solo se
puede salir de uno en uno a no ser que sea para acompañar a alguien con
discapacidad o problemas de movilidad- en los siguientes supuestos.
- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera
necesidad.
- Asistencia a centros sanitarios.
- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación
laboral, profesional o empresarial.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con
discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente
justificada.
¿Puedo usar el coche?
Se permitirá la circulación de vehículos
particulares por las vías de uso público para la realización de las
actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en
gasolineras.
¿Puedo salir a correr o hacer deporte?
No, tampoco solo. No entra en uno de los supuestos
justificados para salir a la calle.
¿Estarán abiertas las tiendas de
alimentos, supermercados y similares?
Sí, como servicio esencial.
¿Qué otros establecimientos están
abiertos?
- Alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad
- Establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos
ortopédicos
- Productos higiénicos
- Peluquerías
- Prensa y papelería
- Combustible para la automoción
- Estancos
- Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones
- Alimentos para animales de compañía
- Comercio por internet, telefónico o correspondencia
- Tintorerías y lavanderías.
¿Has dicho peluquerías?
Fuentes de Moncloa explican que hay que tener en
cuenta que es un servicio de higiene que usan muchas "personas mayores con
problemas de movilidad".
En cualquier caso, se recomienda seguir las
recomendaciones de evitar desplazamientos innecesarios y guardar las
distancias.
En el caso de las tintorerías, las mismas fuentes
explican que es "fundamental en el trabajo y mantenimiento de hospitales y
otros centros de atención".
¿Los suministros a tiendas de alimentos
y supermercados están asegurados?
Sí, la distribución alimentaria está considerada un
servicio esencial y se coordina con las plataformas de distribución la llegada
de productos básicos.
¿Qué normas hay que seguir para hacer la
compra?
Evitar aglomeraciones y mantener un metro de
distancia entre personas. Además, se prohíbe consumir alimentos en las
tiendas.
La permanencia en los establecimientos comerciales
cuya apertura esté
permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad.
permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad.
¿Puedo quedar con gente en la calle?
No. El decreto recomienda salir a la calle de uno en
uno, a no ser que sea para acompañar a alguien que lo necesite, por lo que no
se puede quedar para socializar en la calle.
¿Puedo llevar a los niños al parque?
No. Se recomienda que los niños permanezcan en casa.
De hecho, en casi todas las ciudades se han cerrado los parques y las fuerzas
de seguridad instan a los viandantes a que abandonen estas áreas recreativas.
Te dejamos una
guía televisiva para que los más pequeños cojan el mando y aquí te damos
consejos para
explicarles lo que está pasando.
¿Puedo ir a ver a mi familiar / amigo /
vecino a su casa?
No. Se recomienda no salir de casa tampoco para ir a
visitar a amigos, ya que de esta forma se propagaría el virus y no es un
supuesto que entre dentro de las excepciones de movilidad.
Pero no dejes por favor de hablar con tus seres
queridos por teléfono, redes sociales, mensajes o videollamada.
¿Puedo visitar a mis familiares
dependientes?
Sí, para garantizar la atención que necesiten. Este es
uno de los supuestos en el que se pueden realizar visitas domiciliarias.
Soy persona dependiente. ¿La persona que
me asiste podrá venir?
Sí, forma parte de los servicios esenciales que se
permiten.
¿Puedo sacar a pasear a mi perro?
Sí, manteniendo las distancias y medidas de protección
y seguridad.
Sacar a la calle a los animales domésticos es una de
las excepciones a la restricción de uso del espacio público.
Eso sí, desde el Gobierno instan a "utilizar el
sentido común", sacar a pasear a las mascotas de forma individual y que
esto no se utilice como una forma de paseo.
¿Puedo ir a bares y restaurantes?
Están cerrados.
¿Puedo ir al cine o teatro?
Están cerrados.
¿La biblioteca / museos / centros
cívicos están abiertos? ¿Puedo ir?
¿Pueden salir los periodistas a la calle
para informar?
Los periodistas podrán moverse para desarrollar su
trabajo y seguir informando a la ciudadanía de lo que ocurre durante esta
crisis.
La información
es más necesaria que nunca y es un bien de primera necesidad,
por eso en eldiario.es te informamos al minuto de todo lo que está
pasando.
También permanecerán abiertos los quioscos de prensa.
¿Puedo ir a misa? ¿Se puede asistir a un
velatorio?
La asistencia a los lugares de culto y las ceremonias
civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, se condicionan a la adopción de
medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en
función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que
se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre
ellos de al menos un metro.
A pesar de ello, la Conferencia Episcopal recomienda
quedarse en casa y seguir la eucaristía a través de la televisión o la
radio.
¿Los centros comerciales estarán abiertos?
No, sólo los dedicados exclusivamente a productos
alimenticios, de higiene o limpieza o los espacios de los centros comerciales
dedicados a estos productos.
¿Las tiendas en general pueden abrir?
No. Todos los establecimientos considerados no
esenciales se cierran. Este es el
listado completo.
¿Puedo comprar comida online?
Sí. El decreto permite el envío de comida a domicilio
y no restringe el comercio online, telefónico ni los envíos postales.
Tengo una cita médica. ¿Puedo ir?
Si no es urgente, mejor posponerla. Aunque ir al
médico es uno de los supuestos por los que están permitidos salir a la calle,
se insta a dejar liberados los recursos médicos para aquellos que más lo
necesiten.
¿Funciona el transporte público?
Sí. Los servicios de transporte con consideración de
servicio público y que dependan de las comunidades autónomas, mantienen toda su
oferta.
No obstante, se reserva la facultad tanto del ministro
como de las autoridades autonómicas y locales competentes para que
"establezcan un porcentaje de reducción de los servicios, unas otras condiciones
específicas de prestación, si la situación sanitaria así lo aconseja".
¿Funcionan los trenes de cercanías?
El Ejecutivo mantiene por el momento al 100% en los
servicios de cercanías de Renfe.
No obstante, el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, José Luis Ábalos, queda habilitado para modificar estos porcentajes o
fijar "condiciones específicas".
En el caso de los Cercanías, la variación del servicio
tendrá en cuenta "la necesidad de garantizar que los ciudadanos puedan
acceder a sus puestos de trabajo y a los servicios básicos en caso
necesario".
¿Y el resto de transportes?
Los de media distancia quedan al 50%. En cuanto a los
traslados entre la Península y los territorios no peninsulares y las islas, se
establecerán unos "criterios específicos".
¿Puedo salir de la ciudad en la que
estoy?
La recomendación es no salir de casa y evitar los
desplazamientos. Estos quedan solo permitidos para los supuestos de primera
necesidad, como desplazarse a otra ciudad para cuidar de una persona dependiente,
pero no para ir a nuestra residencia de vacaciones, a la playa o la
montaña.
¿Cuánto va a durar esto?
De momento estas medidas tienen vigencia durante 15
días, aunque podrán "prorrogarse con la autorización del Congreso si
fuera necesario".
No se sabe cuál será la duración de la crisis. Así
que, de momento, paciencia y cumple las recomendaciones de las autoridades para
ayudar a frenar la propagación del virus.
¿Me pueden multar si me salto estas
normas?
Sí. El incumplimiento o la resistencia a las órdenes
de las autoridades competentes en el estado de alarma será sancionado con
arreglo a las Leyes, en los términos establecidos en el artículo 10 de la Ley
Orgánica 4/1981, de 5 de junio.
En esta
guía respondemos todas las dudas sobre los síntomas del coronavirus y qué pasos
debes de seguir si sobre todo notas fiebre, tos o dificultades
respiratorias.
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